Para validar el RFC de una empresa entra al servicio “Valida en línea RFC’s” del SAT, escribe el RFC, la razón social sin el régimen societario y el código postal, y resuelve el CAPTCHA. No necesitas contraseña ni e.firma. El resultado te dice si el RFC está en el padrón y si el nombre y el código postal coinciden, pero no si la empresa está activa ni si está al corriente: para eso revisa su constancia de situación fiscal, su opinión de cumplimiento y los listados del SAT.
Última revisión: 18 de octubre de 2026. Revisión jurídica: Juan Carlos Arellano. Incluye la reforma al Código Fiscal de la Federación del DOF 7 de noviembre de 2025, vigente desde el 1 de enero de 2026, y la Resolución Miscelánea Fiscal 2026.
En resumen
- El RFC de una persona moral tiene 12 caracteres: 3 letras de la razón social, la fecha de constitución (AAMMDD) y una homoclave de 3 que asigna el SAT.
- Validar el RFC confirma que existe y que los datos coinciden. Es lo que necesitas para facturarle.
- Verificar al proveedor es más: que esté activo, al corriente y fuera de las listas del SAT, sobre todo la 69-B.
- Desde 2026 existe además el procedimiento de comprobantes fiscales falsos (art. 49 Bis del CFF).
¿Qué es el RFC?
El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es la clave con la que el SAT identifica a cada contribuyente. Las personas morales deben inscribirse en el RFC y mantener actualizada su información (art. 27 del Código Fiscal de la Federación). La clave aparece en la cédula de identificación fiscal y en la constancia de situación fiscal.
Cómo se forma el RFC de una persona moral
| Persona moral | Persona física | |
|---|---|---|
| Longitud | 12 caracteres | 13 caracteres |
| Letras iniciales | 3, tomadas de la denominación o razón social | 4, tomadas de los apellidos y el nombre |
| Fecha | Constitución de la sociedad (AAMMDD) | Nacimiento (AAMMDD) |
| Homoclave | 3 caracteres que asigna el SAT | 3 caracteres que asigna el SAT |
Por ejemplo, en un RFC como ABC180312XY1, “ABC” viene de la razón social, “180312” indica que la sociedad se constituyó el 12 de marzo de 2018 y “XY1” es la homoclave.
Con eso puedes hacer una primera revisión: la fecha debe coincidir con la del acta constitutiva y las letras con la razón social. La homoclave no se puede comprobar por fuera; solo el SAT sabe si es correcta.
Los RFC genéricos XAXX010101000 (público en general) y XEXX010101000 (extranjero) no corresponden a una empresa: el validador del SAT los marca como inválidos.
Paso 1. Valida el RFC en el SAT
El servicio público es “Valida en línea RFC’s uno a uno o de manera masiva hasta 5 mil registros”: https://agsc.siat.sat.gob.mx/PTSC/ValidaRFC/index.jsf
Uno a uno:
- Escribe el RFC.
- Para comprobar también los datos de facturación, escribe la razón social sin el régimen societario (por ejemplo, sin “S.A. de C.V.”) y el código postal de su domicilio fiscal.
- Resuelve el CAPTCHA y consulta.
De forma masiva (hasta 5,000 RFC):
- Prepara un archivo de texto (.txt) en UTF-8, sin encabezados, con los campos separados por barras verticales: número consecutivo, RFC, razón social y código postal. Ejemplo:
1|ABC180312XY1|EMPRESA EJEMPLO|06600 - Súbelo en la misma página y descarga el resultado, que agrega una columna con el dictamen de cada renglón.
Qué te dice el resultado:
| Resultado | Qué significa |
|---|---|
| RFC, nombre y código postal válidos | El RFC está en el padrón y los datos coinciden. El SAT indica que “son válidos para recibir facturas” |
| RFC inválido | El RFC no está en el padrón o está mal escrito |
| Nombre no coincide | La razón social no corresponde a la registrada |
| Código postal no coincide | El código postal no es el del domicilio fiscal registrado |
Lo que no te dice: si la empresa está activa, suspendida o cancelada, ni si está al corriente con sus obligaciones. Un RFC “válido” puede ser de una empresa que no cumple.
Existe también el servicio “Verifica si estás registrado en el RFC” (https://agsc.siat.sat.gob.mx/PTSC/ConsultaIdCSIAT/), que confirma si una clave está en el padrón, uno a uno. Las personas físicas pueden consultarlo con su CURP.
Paso 2. Pide y revisa la constancia de situación fiscal
La constancia de situación fiscal contiene la cédula de identificación fiscal con código QR, el RFC, la razón social, el domicilio fiscal registrado, el régimen fiscal y la fecha de emisión. Una persona moral solo puede generarla con su contraseña o e.firma, así que tienes que pedírsela al proveedor.
Al recibirla:
- Revisa que sea reciente y que la razón social, el régimen y el domicilio coincidan con lo que te dijo.
- Escanea el código QR del documento original con el celular. Te lleva a una página del SAT; compara lo que muestra con el PDF. Si no coinciden, el documento pudo ser alterado.
Paso 3. Revisa la opinión de cumplimiento (32-D)
La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales es el documento del SAT que dice si una empresa está al corriente (art. 32-D del CFF). La genera el propio contribuyente y puede salir en uno de cuatro sentidos (regla 2.1.36 de la RMF 2026):
- Positiva: está inscrita y al corriente.
- Negativa: está inscrita pero no está al corriente.
- En suspensión de actividades.
- Inscrita sin obligaciones fiscales.
Para emitirla, el SAT revisa, entre otras cosas, que el RFC esté activo, que el contribuyente esté localizado, que haya presentado sus declaraciones, que no tenga créditos fiscales firmes sin pagar ni garantizar, que no esté en el listado definitivo del 69-B y, desde 2026, que no tenga una resolución por emitir comprobantes falsos.
Vigencia: la opinión positiva vale 30 días naturales desde su emisión (regla 2.1.36). Pide una reciente.
Cómo obtenerla si no te la entrega:
- Si el proveedor la hizo pública, cualquiera puede consultarla sin contraseña en https://ptsc32d.clouda.sat.gob.mx/ConsultaPublico
- Si no, el proveedor puede darte de alta como tercero autorizado para que la consultes con tu propia e.firma o contraseña.
Para comprobar que una opinión que te entregaron es auténtica, escanea su código QR o valida el folio en el servicio del SAT.
Paso 4. Cruza el RFC con los listados del SAT
El SAT publica sus listados en formato CSV, sin necesidad de contraseña, en la página de datos abiertos “Contribuyentes publicados”: https://www.sat.gob.mx/minisitio/DatosAbiertos/contribuyentes_publicados.html. Descarga el archivo y busca el RFC.
Lista 69-B: operaciones inexistentes (EFOS)
Es la más importante para un proveedor. Incluye a quienes emiten facturas sin tener activos, personal, infraestructura o capacidad para prestar el servicio o vender el bien, y tiene cuatro situaciones:
| Situación | Qué significa |
|---|---|
| Presunto | El SAT le notificó la presunción. Tiene 15 días para desvirtuarla, más una prórroga de 5 |
| Desvirtuado | Logró desvirtuar los hechos |
| Definitivo | No los desvirtuó: sus facturas “no producen ni produjeron efecto fiscal alguno” |
| Sentencia favorable | Un tribunal o la autoridad dejó sin efectos la resolución |
Si ya recibiste facturas de un proveedor que quedó como definitivo, tienes 30 días siguientes a la publicación para demostrar ante el SAT que sí recibiste los bienes o servicios, o para corregir tu situación con declaraciones complementarias (art. 69-B, octavo párrafo, y regla 2.9.18). Si no lo haces, el SAT determinará los créditos fiscales y las operaciones se considerarán actos simulados para efectos de los delitos fiscales.
Un proveedor “presunto” todavía no es definitivo, pero es una señal de alerta seria: si lo das de alta, documenta muy bien la materialidad de cada operación.
Lista del artículo 69: contribuyentes incumplidos
Incluye, entre otros, a quienes tienen créditos fiscales firmes o exigibles sin pagar ni garantizar, están no localizados, tienen sentencia condenatoria por delito fiscal, tienen créditos cancelados o condonados, o tienen el certificado de sello digital sin efectos. Ojo: el SAT solo publica como no localizados a quienes además incumplen de forma sistemática, así que no aparecer en esa lista no garantiza que la empresa esté localizada.
Lista 69-B Bis: transmisión indebida de pérdidas
Identifica a empresas que transmitieron pérdidas fiscales de forma indebida en reestructuras o cambios de accionistas. No afecta directamente tus facturas, pero sí es una señal sobre el proveedor y le impide obtener una opinión de cumplimiento positiva.
Comprobantes fiscales falsos (art. 49 Bis, nuevo en 2026)
Desde el 1 de enero de 2026, un CFDI que no ampara una operación real se considera falso (art. 29-A, fr. IX del CFF). Cuando el SAT determina que una empresa emitió comprobantes falsos, publica su nombre y RFC en su portal y en el DOF. Quien recibió esos comprobantes tiene 30 días naturales desde la publicación en el DOF para revertir su efecto con una declaración complementaria; si no lo hace, se le restringe el certificado de sello digital. Dar efectos fiscales a comprobantes falsos es además un delito (art. 113 Bis).
Hoy estas publicaciones aparecen en el DOF; revísalas además de los listados en CSV.
Paso 5. Verifica las facturas que recibes
Cada CFDI se puede verificar en https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/ con el folio fiscal, el RFC del emisor y el del receptor, o subiendo el XML. El servicio indica si el comprobante fue certificado por el SAT. Como un CFDI puede cancelarse después de emitido, conviene revisar su estatus más de una vez, no solo al recibirlo.
Paso 6. Lo que se verifica fuera del SAT
- Registro Público de Comercio: cada sociedad tiene un folio mercantil electrónico con su constitución, reformas y, en su caso, poderes. Los particulares pueden consultarlo y pedir certificaciones previo pago de derechos (arts. 21 y 30 del Código de Comercio).
- Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG): muestra si la empresa dio en garantía bienes muebles. La consulta es gratuita y requiere crear una cuenta: https://rug.economia.gob.mx/
- Representante legal: revisa que el poder le dé facultades para firmar y verifica su identidad.
- Beneficiario controlador: identifica a la persona física que controla la empresa. Te explicamos cómo en cómo identificar al beneficiario controlador.
Checklist para verificar a un proveedor persona moral
- RFC de 12 caracteres, con la fecha de constitución que coincide con el acta.
- RFC, razón social y código postal válidos en el SAT.
- Constancia de situación fiscal reciente, con el QR verificado.
- Opinión de cumplimiento positiva con menos de 30 días.
- Sin coincidencias en las listas 69-B, 69 y 69-B Bis, ni en las publicaciones de comprobantes falsos.
- Acta constitutiva y folio mercantil.
- Poder vigente e identidad del representante.
- Beneficiario controlador identificado.
- Si presta servicios especializados, registro en el REPSE. Lo explicamos en la guía de debida diligencia de proveedores.
- Revisión periódica: los listados del SAT cambian y la opinión de cumplimiento vence.
Cómo lo hace Z-KYB
Z-KYB convierte este checklist en una sola verificación: tu proveedor sube sus documentos desde un enlace, Z-KYB los lee con OCR, cruza los datos contra el SAT, la lista 69-B, SIGER y RUG, verifica al representante con prueba de vida y te entrega un dictamen con sello de tiempo NOM-151. Además te avisa cuando vencen los documentos y permite programar la re-verificación.
Se cobra por cada empresa verificada. Si además necesitas antecedentes judiciales y listas internacionales, se complementa con el background check Z-BG.
Preguntas frecuentes
¿Cómo valido el RFC de una empresa?
En el servicio “Valida en línea RFC’s” del SAT (https://agsc.siat.sat.gob.mx/PTSC/ValidaRFC/index.jsf). Escribe el RFC, la razón social sin el régimen societario y el código postal, y resuelve el CAPTCHA. No necesitas contraseña ni e.firma.
¿Puedo validar varios RFC a la vez?
Sí. El mismo servicio acepta un archivo .txt con hasta 5,000 registros, con los campos separados por barras verticales: consecutivo, RFC, razón social y código postal.
¿Cómo sé si el RFC de un proveedor está activo?
El validador público no lo dice. Pídele su constancia de situación fiscal y su opinión de cumplimiento: para emitir una opinión positiva, el SAT revisa, entre otras cosas, que el RFC esté activo.
¿Cómo sé si un proveedor está en la lista negra del SAT?
Descarga los listados de la página “Contribuyentes publicados” del SAT y busca su RFC, sobre todo en la lista 69-B (presuntos y definitivos) y en la del artículo 69. Más detalle en listas negras del SAT.
¿Qué pasa si mi proveedor aparece como definitivo en la 69-B?
Sus facturas no tienen efectos fiscales. Tienes 30 días desde la publicación para demostrar ante el SAT que la operación existió o para presentar declaraciones complementarias. Si no, el SAT puede determinarte créditos fiscales.
¿Se puede validar el RFC con la CURP?
Las personas físicas pueden consultar con su CURP si están inscritas, en el servicio “Verifica si estás registrado en el RFC”. Las empresas no tienen CURP: se validan con su RFC de 12 caracteres.
Fuentes
- SAT, Valida en línea RFC’s uno a uno o de manera masiva: https://agsc.siat.sat.gob.mx/PTSC/ValidaRFC/index.jsf
- SAT, ficha del servicio: https://wwwmat.sat.gob.mx/aplicacion/79615/valida-en-linea-rfc%C2%B4s-uno-a-uno-o-de-manera-masiva-hasta-5-mil-registros
- SAT, Verifica si estás registrado en el RFC: https://agsc.siat.sat.gob.mx/PTSC/ConsultaIdCSIAT/
- SAT, Consulta pública de la opinión de cumplimiento: https://ptsc32d.clouda.sat.gob.mx/ConsultaPublico
- SAT, Contribuyentes publicados (69, 69-B y 69-B Bis): https://www.sat.gob.mx/minisitio/DatosAbiertos/contribuyentes_publicados.html
- SAT, Verificación de CFDI: https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/
- Código Fiscal de la Federación (texto vigente): https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf
- Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (DOF 28-12-2025): https://dof.gob.mx/2025/SHCP/SHCP_281225_01.pdf
- Código de Comercio, arts. 19 a 32 Bis 3: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCom.pdf
- Registro Único de Garantías Mobiliarias: https://rug.economia.gob.mx/
Fecha de última revisión: 18 de octubre de 2026. Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un especialista fiscal.
