La suplantación de identidad ocurre cuando alguien usa tus datos, tus documentos o tu firma para hacerse pasar por ti: abrir cuentas, pedir créditos, firmar contratos o engañar a terceros. En México no hay un delito federal con ese nombre, pero la Ciudad de México y varios estados la castigan con prisión, y la conducta puede encuadrar en delitos federales como el fraude o la falsificación de documentos. Si te pasa, avisa a tu banco, presenta una reclamación ante la CONDUSEF, revisa tu buró de crédito y denuncia ante el Ministerio Público.
Última revisión: 31 de octubre de 2026.
En resumen
- Suplantar es hacerse pasar por otra persona, física o moral, usando sus datos, identificaciones, contraseñas o firma.
- No hay un delito federal autónomo, pero la Ciudad de México, el Estado de México, Jalisco y Nuevo León, entre otros, la tipifican, con penas de hasta 8 años de prisión.
- En 2025, la CONDUSEF confirmó 1,171 casos de robo de identidad en bancos, de 2,014 reclamaciones por posible robo de identidad.
- Si eres víctima, el orden es: banco, CONDUSEF, buró de crédito, denuncia, reposición de documentos.
- En contratos, la defensa es verificar la identidad de quien firma y conservar la evidencia.
Qué es la suplantación de identidad
Es usar la identidad de otra persona sin su consentimiento para obtener un beneficio o causar un daño. Puede ser con documentos físicos (una credencial del INE robada o alterada), con datos (nombre, CURP, RFC, cuentas) o con medios digitales (contraseñas, cuentas de redes sociales, una firma electrónica).
Formas frecuentes:
- Fraude financiero: abrir cuentas, pedir créditos o usar tarjetas a nombre de otra persona.
- Contratos: firmar un arrendamiento, un crédito o un contrato de servicios haciéndose pasar por otro, o por el representante de una empresa.
- Redes sociales y mensajería: perfiles falsos o cuentas robadas para pedir dinero a los contactos.
- Llamadas y videos falsos: voz o imagen manipuladas con inteligencia artificial para hacerse pasar por un familiar, un directivo o un funcionario. La SSPC ha emitido alertas sobre clonación de voz y videos falsos.
- Despojo de inmuebles: el Código Penal de la Ciudad de México castiga el despojo cometido mediante suplantación de identidad (art. 237).
¿La suplantación de identidad es delito en México?
A nivel federal no existe un delito con ese nombre. El Código Penal Federal no tiene un tipo de suplantación o usurpación de identidad. Hay iniciativas en el Congreso, pero al 31 de octubre de 2026 ninguna es ley. Según el caso, la conducta puede encuadrar en delitos federales como:
| Delito | Fundamento |
|---|---|
| Falsificación de documentos y uso de documento falso | Código Penal Federal, arts. 243, 244 y 246 |
| Fraude | Código Penal Federal, art. 386 |
| Acceso ilícito a sistemas informáticos | Código Penal Federal, arts. 211 bis 1 a 211 bis 7 |
| Uso indebido de información de clientes, tarjetas o medios de pago | Ley de Instituciones de Crédito, arts. 112 Bis a 112 Quáter |
| Tratar datos personales mediante engaño | Ley de datos personales (LFPDPPP), art. 63 |
En los estados sí hay delito propio. Algunos ejemplos:
| Entidad | Artículo | Pena |
|---|---|---|
| Ciudad de México | Código Penal, art. 211 Bis (usurpación de identidad) | 1 a 5 años de prisión; una mitad más si se usa homonimia, parecido físico o similitud de la voz |
| Estado de México | Código Penal, art. 264 (usurpación de identidad) | 1 a 4 años; agravada si se usan medios electrónicos o redes sociales |
| Jalisco | Código Penal, art. 143-Quáter (suplantación de identidad) | 3 a 8 años |
| Nuevo León | Código Penal, art. 444 (suplantación de identidad) | 3 a 8 años; agravada si se usa una firma digital o electrónica sin consentimiento |
Si te suplantaron, el delito que aplica depende del lugar y de lo que hizo quien te suplantó. Un abogado o el Ministerio Público te dirán cuál es.
Qué hacer si suplantaron tu identidad
- Avisa a tu banco y a las empresas donde tienes cuentas. Pide que bloqueen los productos que no reconoces y guarda el número de reporte.
- Presenta una reclamación ante la CONDUSEF. Te orienta para reclamar a las instituciones financieras y para iniciar la denuncia. La CONDUSEF tiene un protocolo específico para casos de posible robo de identidad.
- Revisa tu buró de crédito. Tienes derecho a un Reporte de Crédito Especial gratuito cada 12 meses en el Buró de Crédito y en Círculo de Crédito, que deben entregarte en 5 días hábiles (Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, arts. 40 y 41). Si aparece un crédito que no es tuyo, reclámalo ante la sociedad (art. 42).
- Denuncia ante el Ministerio Público o la fiscalía de tu estado. A nivel federal, la FGR recibe denuncias en el 800 00 85 400 y el 088. Lleva tu identificación y todo lo que pruebe la suplantación.
- Reporta y repón tu credencial del INE si te la robaron o la perdiste. El reporte se hace en INETEL (800 433 2000) y genera un folio con vigencia de 30 días; la credencial anterior queda inhabilitada cuando tramitas la reposición en el módulo, así que no dejes pasar el plazo.
- Revoca tu e.firma si crees que alguien tiene acceso a ella. Se puede hacer en línea en el portal del SAT o con cita en una oficina; el certificado queda sin efectos cuando lo solicitas (art. 17-H del Código Fiscal de la Federación).
- Ejerce tus derechos ARCO ante las empresas que usaron tus datos sin autorización: acceso, rectificación, cancelación u oposición. Deben responderte en un máximo de 20 días y el trámite es gratuito (LFPDPPP, arts. 31 y 34).
Suplantación en contratos: quién responde
En un contrato electrónico, el Código de Comercio presume que un mensaje de datos proviene de su emisor cuando se envió con sus medios de identificación, como claves o contraseñas (art. 90). Esa presunción deja de operar cuando el emisor avisa que el mensaje no lo envió él (art. 90 bis).
Con la firma electrónica avanzada, el firmante debe evitar el uso no autorizado de sus datos de creación de firma, y responde de las consecuencias si no actuó con la diligencia debida (art. 99). Por eso una e.firma nunca se presta y, si se compromete, se revoca de inmediato.
Para las empresas, la defensa práctica es:
- verificar la identidad de quien firma antes de firmar, sobre todo a distancia;
- verificar las facultades del representante de una empresa (poder vigente);
- conservar la evidencia: quién firmó, cuándo, desde qué dispositivo y con qué verificación. Más detalle en valor probatorio de la firma electrónica en juicio.
Cómo prevenir la suplantación de identidad
Recomendaciones de la CONDUSEF, la Guardia Nacional y la SSPC:
- Nunca compartas claves, NIP ni códigos de verificación, ni por teléfono ni por mensaje.
- Entra a tu banco escribiendo la dirección, no desde ligas de correos o mensajes.
- Activa la verificación en dos pasos y acuerda una palabra clave con tu familia para emergencias.
- Si te llaman de tu banco, cuelga y llama tú al número oficial.
- Revisa tus estados de cuenta y tu reporte de crédito.
- Destruye documentos y tarjetas vencidas; cuando entregues copias de tu identificación, pregunta para qué se usarán.
- Configura la privacidad de tus redes sociales y no publiques tu ubicación.
Cómo te ayuda ZERO a verificar a quien firma
- Z-KYC valida la identidad con prueba de vida, lectura de la identificación y comparación biométrica facial, y consulta la vigencia en la Lista Nominal y la CURP en RENAPO. Puedes ver cómo validar una credencial del INE y cómo validar la CURP en RENAPO.
- Z-KYB verifica a la empresa y a su representante legal.
- ZIGN firma con constancia de conservación NOM-151 y guarda la bitácora de cada firma en el expediente.
Preguntas frecuentes
¿La suplantación de identidad es delito federal?
No como tal: el Código Penal Federal no tiene un delito con ese nombre. Se persigue a través de otros delitos federales, como el fraude o la falsificación de documentos, o del delito local de usurpación o suplantación de identidad que tienen la Ciudad de México y varios estados.
¿Cuál es la pena por suplantación de identidad en la Ciudad de México?
De 1 a 5 años de prisión y de 400 a 600 días multa (art. 211 Bis del Código Penal para el Distrito Federal). La pena aumenta en una mitad si se usa homonimia, parecido físico o similitud de la voz.
¿Dónde denuncio una suplantación de identidad?
Ante el Ministerio Público o la fiscalía de tu estado. Si involucra a un banco, presenta además una reclamación ante la CONDUSEF y avisa a la institución.
¿Cómo sé si alguien sacó un crédito a mi nombre?
Pide tu Reporte de Crédito Especial en el Buró de Crédito y en Círculo de Crédito. Es gratuito una vez cada 12 meses y debe entregarse en 5 días hábiles.
¿Qué hago si me robaron la credencial del INE?
Repórtala en INETEL (800 433 2000) para obtener un folio y agenda la reposición en un módulo dentro de los 30 días siguientes. La credencial anterior queda inhabilitada al tramitar la reposición.
¿Me pueden suplantar con inteligencia artificial?
Sí. La SSPC ha alertado sobre clonación de voz y videos falsos hechos con IA para pedir dinero o promover fraudes. Desconfía de mensajes urgentes y confirma por otro canal antes de transferir dinero o compartir datos.
Fuentes (consultadas el 31-10-2026)
- Código Penal Federal, última reforma DOF 13-03-2026.
- Código Penal para el Distrito Federal, art. 211 Bis (Congreso de la Ciudad de México); Código Penal del Estado de México, art. 264 (legislación del Estado de México); Código Penal de Jalisco, art. 143-Quáter; Código Penal de Nuevo León, art. 444 (Congreso de Nuevo León).
- Código de Comercio, arts. 90, 90 bis y 99.
- Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, arts. 40 a 42.
- LFPDPPP, DOF 20-03-2025.
- CONDUSEF: recomendaciones para prevenir el robo de identidad · informe de autoevaluación 2025.
- SSPC: recomendaciones ante fraudes por clonación de voz con IA.
- SAT: cómo revocar tu e.firma.
Verifica la identidad de quien firma con Z-KYC y firma con constancia NOM-151 en ZIGN.
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